{"id":4933,"date":"2017-09-06T10:10:03","date_gmt":"2017-09-06T08:10:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/?p=4933\/"},"modified":"2017-09-08T00:17:56","modified_gmt":"2017-09-07T22:17:56","slug":"acuerdo-asociacion-economica-union-europea-y-japon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/es\/acuerdo-asociacion-economica-union-europea-y-japon\/","title":{"rendered":"Acuerdo de asociaci\u00f3n econ\u00f3mica entre la Uni\u00f3n Europea y Jap\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>La Uni\u00f3n Europea (UE) y Jap\u00f3n han alcanzado un acuerdo pol\u00edtico de principio sobre un acuerdo de asociaci\u00f3n econ\u00f3mica. El acuerdo bilateral de 6 de Julio <strong>no es el final del proceso<\/strong>. En algunos cap\u00edtulos todav\u00eda es necesario resolver detalles t\u00e9cnicos. Adem\u00e1s, hay cap\u00edtulos que se han quedado fuera del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del principio de acuerdo, como la protecci\u00f3n de inversiones.<\/p>\n<p>Los equipos negociadores quieren seguir trabajando en temas de cooperaci\u00f3n en materia de regulaci\u00f3n as\u00ed como en los cap\u00edtulos generales e institucionales y confirman que intentaran <strong>finalizar el acuerdo antes de acabar el a\u00f1o<\/strong>.<br \/>\n<!--more--><\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n Europea proceder\u00e1 a la revisi\u00f3n jur\u00eddica y la traducci\u00f3n del acuerdo a todas las lenguas oficiales de la UE y lo someter\u00e1 a la aprobaci\u00f3n de los Estados miembros de la UE y del Parlamento Europeo. Las partes tratar\u00e1n de completar este proceso a lo largo de 2018, a fin de que el acuerdo entre en vigor a principios de 2019.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4936\" src=\"https:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/eu-japan-infographic_es.jpg\" alt=\"\" width=\"650\" height=\"927\" srcset=\"https:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/eu-japan-infographic_es.jpg 650w, https:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/eu-japan-infographic_es-210x300.jpg 210w, https:\/\/www.cecotinternacionalitzacio.org\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/eu-japan-infographic_es-600x856.jpg 600w\" sizes=\"(max-width: 650px) 100vw, 650px\" \/><\/p>\n<h4>Eliminaci\u00f3n de los derechos de aduana:<\/h4>\n<p>Con la entrada en vigor del acuerdo econ\u00f3mico, se eliminar\u00e1n los aranceles de m\u00e1s del 90 % de las exportaciones de la UE a Jap\u00f3n. Una vez que el acuerdo se aplique plenamente, Jap\u00f3n habr\u00e1 eliminado los derechos de aduana del 97 % de los bienes importados de la UE y habr\u00e1 liberalizado parcialmente las l\u00edneas arancelarias restantes por medio de contingentes o reducciones arancelarias. Esto, a su vez, permitir\u00e1 ahorrar en torno a 1 000 millones de euros anuales en derechos de aduana a los exportadores de la UE.<\/p>\n<h4>Agricultura y alimentaci\u00f3n:<\/h4>\n<p>El acuerdo eliminar\u00e1 o reducir\u00e1 dr\u00e1sticamente los derechos de productos agr\u00edcolas cuya exportaci\u00f3n presenta un inter\u00e9s particular para la UE, como el cerdo, el producto agr\u00edcola m\u00e1s exportado por la UE a Jap\u00f3n: se garantizar\u00e1n las exportaciones libres de derechos de la carne de cerdo transformada y las exportaciones pr\u00e1cticamente libres de derechos de la carne de cerdo fresca. Los aranceles de la carne de vacuno se reducir\u00e1n del 38,5 al 9 % a lo largo de quince a\u00f1os para un volumen significativo de productos derivados.<\/p>\n<p>El valor de las exportaciones de vino de la UE a Jap\u00f3n asciende ya a unos 1 000 millones de euros; en valor, se trata del segundo producto agr\u00edcola m\u00e1s exportado desde la UE a Jap\u00f3n. Los aranceles del vino se eliminar\u00e1n el primer d\u00eda, al igual que los de otras bebidas alcoh\u00f3licas.<\/p>\n<p>En cuanto a las exportaciones de quesos, se eliminar\u00e1n los elevados derechos de muchos quesos de pasta dura, como el Gouda o el Cheddar (en la actualidad, del 29,8 %) y se establecer\u00e1 un contingente libre de derechos para los quesos frescos como la Mozzarella. El acuerdo UE-Jap\u00f3n tambi\u00e9n eliminar\u00e1 los derechos de aduana vigentes (con un per\u00edodo de transici\u00f3n) para productos agr\u00edcolas transformados como la pasta, los chocolates, el cacao en polvo, las golosinas, los art\u00edculos de confiter\u00eda, las galletas, los derivados del almid\u00f3n, los tomates preparados o la salsa de tomate. Se establecer\u00e1n, adem\u00e1s, contingentes significativos para las exportaciones de la UE (libres de derechos o con derechos reducidos) de malta, almid\u00f3n de patata, leche desnatada en polvo, mantequilla y suero de leche.<\/p>\n<p><strong>Indicaciones geogr\u00e1ficas:<\/strong> El acuerdo UE-Jap\u00f3n reconoce el estatus especial y ofrece protecci\u00f3n en el mercado japon\u00e9s a m\u00e1s de doscientos productos agr\u00edcolas europeos con un origen geogr\u00e1fico espec\u00edfico, las llamadas indicaciones geogr\u00e1ficas, como Roquefort, Aceto Balsamico di Modena, Prosecco, Jambon d&#8217;Ardenne, Tiroler Speck, Polska W\u00f3dka, Queso Manchego, L\u00fcbecker Marzipan o Irish Whiskey. Estos productos tendr\u00e1n en Jap\u00f3n el mismo nivel de protecci\u00f3n que tienen en la UE en la actualidad.<\/p>\n<p><strong>Productos industriales:<\/strong> Se eliminar\u00e1n por completo los aranceles de productos industriales; por ejemplo, en sectores como las sustancias qu\u00edmicas, los pl\u00e1sticos, los cosm\u00e9ticos, los textiles o las prendas de vestir. En el caso del cuero y el calzado, el sistema de contingentes actual, que ha obstaculizado de manera significativa las exportaciones de la UE, quedar\u00e1 abolido con la entrada en vigor del acuerdo. Los aranceles del calzado se reducir\u00e1n del 30 al 21 % con la entrada en vigor, y el resto de los derechos se eliminar\u00e1n a lo largo de diez a\u00f1os. Los aranceles de las exportaciones de la UE de productos del cuero, como los bolsos, se eliminar\u00e1n a lo largo de diez a\u00f1os, al igual que los aranceles de productos que tradicionalmente han estado muy protegidos por Jap\u00f3n, como el calzado deportivo o las botas de esqu\u00ed.<\/p>\n<p><strong>Pesca:<\/strong> dejar\u00e1n de aplicarse contingentes de importaci\u00f3n y ambas partes eliminar\u00e1n todos los aranceles.<\/p>\n<p><strong>Silvicultura:<\/strong> se eliminar\u00e1n por completo los aranceles de todos los productos de la madera y se establecer\u00e1 un per\u00edodo de transici\u00f3n de siete a\u00f1os para las prioridades m\u00e1s importantes. Se eliminar\u00e1n inmediatamente los aranceles de la mayor\u00eda de los productos de la madera, mientras que para algunas l\u00edneas arancelarias menos importantes deber\u00e1n transcurrir diez a\u00f1os.<\/p>\n<h4>Barreras no arancelarias:<\/h4>\n<p>En las negociaciones entre la UE y Jap\u00f3n se han abordado numerosas medidas no arancelarias que han sido motivo de preocupaci\u00f3n para las empresas de la UE, ya que algunos requisitos t\u00e9cnicos y procedimientos de certificaci\u00f3n japoneses a menudo dificultan la exportaci\u00f3n de productos europeos seguros a Jap\u00f3n. El acuerdo contribuir\u00e1 en gran medida a facilitar el acceso de las empresas de la UE al altamente regulado mercado japon\u00e9s. Como ejemplo de este tipo de barreras que se abordaron con \u00e9xito cabe citar los siguientes:<\/p>\n<h4>Veh\u00edculos de motor:<\/h4>\n<p>El acuerdo garantiza la plena sinton\u00eda entre Jap\u00f3n y la UE con respecto a las normas internacionales sobre seguridad de los productos y protecci\u00f3n del medio ambiente, lo que significa que los veh\u00edculos europeos estar\u00e1n sujetos a los mismos requisitos en la UE y en Jap\u00f3n y no tendr\u00e1n que someterse a ensayos ni a certificaciones cuando se exporten a Jap\u00f3n. Ahora que Jap\u00f3n se va a comprometer a cumplir las normas internacionales sobre veh\u00edculos, las exportaciones de veh\u00edculos de la UE a Jap\u00f3n se simplificar\u00e1n de manera significativa. De este modo, tambi\u00e9n se prepara el camino para una cooperaci\u00f3n todav\u00eda m\u00e1s estrecha entre ambas partes en los foros internacionales para el establecimiento de normas.<\/p>\n<p>El acuerdo incluye un r\u00e9gimen acelerado de resoluci\u00f3n de litigios entre las dos partes, espec\u00edfico para los veh\u00edculos de motor, similar al acordado en el acuerdo comercial UE-Corea del Sur. Incluye, asimismo, una cl\u00e1usula de salvaguardia que permite a la UE introducir de nuevo aranceles en caso de que Jap\u00f3n introduzca (de nuevo) barreras no arancelarias a las exportaciones de veh\u00edculos de la UE. El acuerdo tambi\u00e9n posibilitar\u00e1 que los veh\u00edculos impulsados con hidr\u00f3geno que han sido homologados en la UE puedan exportarse a Jap\u00f3n sin nuevos cambios.<\/p>\n<h4>Productos sanitarios:<\/h4>\n<p>En noviembre de 2014, Jap\u00f3n adopt\u00f3 la norma internacional sobre sistemas de gesti\u00f3n de la calidad, en el que se basa el sistema de gesti\u00f3n de la calidad de la UE para productos sanitarios. Este sistema reduce de manera considerable los costes de certificaci\u00f3n de los productos europeos que se exportan a Jap\u00f3n.<\/p>\n<h4>Etiquetado de textiles:<\/h4>\n<p>En marzo de 2015, Jap\u00f3n adopt\u00f3 el sistema internacional de etiquetado de textiles, similar al utilizado en la UE. Por tanto, ya no es necesario cambiar las etiquetas de los textiles en cada prenda que se exporta a Jap\u00f3n, como ocurr\u00eda antes.<\/p>\n<h4>Productos parafarmac\u00e9uticos, productos sanitarios y cosm\u00e9ticos:<\/h4>\n<p>El 1 de enero de 2016 se aboli\u00f3 por fin un complicado y duplicativo sistema de notificaci\u00f3n que obstaculizaba la comercializaci\u00f3n de muchos productos farmac\u00e9uticos, productos sanitarios y cosm\u00e9ticos europeos en Jap\u00f3n.<\/p>\n<h4>Cerveza:<\/h4>\n<p>A partir de 2018, las cervezas europeas podr\u00e1n exportarse como cervezas y no como \u00abrefrescos con alcohol\u00bb. De este modo, tambi\u00e9n se igualar\u00e1n los impuestos, acabando as\u00ed con las diferencias entre diferentes cervezas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Acuerdo de Asociaci\u00f3n Econ\u00f3mica tambi\u00e9n contiene normas generales sobre determinadas barreras no arancelarias, lo que ayudar\u00e1 a establecer unas condiciones de igualdad para los productos europeos que se exporten a Jap\u00f3n, y aumentar\u00e1 la transparencia y la previsibilidad.<\/p>\n<h4>Barreras t\u00e9cnicas al comercio:<\/h4>\n<p>El acuerdo se centra en el compromiso mutuo de Jap\u00f3n y la UE para garantizar que sus normas y reglamentos t\u00e9cnicos se basen en normas internacionales en la medida de lo posible. Esto, sumado a las disposiciones sobre medidas no arancelarias, es una buena noticia para los exportadores europeos de electr\u00f3nica, productos farmac\u00e9uticos, productos textiles y sustancias qu\u00edmicas. Por ejemplo, basarse en normas internacionales ayudar\u00e1 a que los productos alimentarios cumplan las normas de etiquetado japonesas m\u00e1s f\u00e1cilmente y soportando menos costes.<\/p>\n<h4>Medidas sanitarias y fitosanitarias:<\/h4>\n<p>El acuerdo crea un entorno regulador m\u00e1s previsible para los productos de la UE que se exporten a Jap\u00f3n. La UE y Jap\u00f3n han acordado simplificar los procesos de autorizaci\u00f3n y despacho de aduanas y que los procedimientos de importaci\u00f3n se completen sin retrasos injustificados, asegur\u00e1ndose de que la burocracia innecesaria no obstaculice el trabajo de los exportadores. El acuerdo no disminuir\u00e1 las exigencias de las normas de seguridad ni exigir\u00e1 a las partes que modifiquen sus opciones estrat\u00e9gicas nacionales en asuntos como el uso de hormonas o los organismos modificados gen\u00e9ticamente (OMG).<\/p>\n<h4>Comercio de servicios:<\/h4>\n<p>La UE exporta a Jap\u00f3n servicios por un valor aproximado de 28 000 millones de euros cada a\u00f1o. El acuerdo facilitar\u00e1 a las empresas de la UE la prestaci\u00f3n de servicios en el altamente lucrativo mercado japon\u00e9s. Contiene una serie de disposiciones que se aplican horizontalmente a todo el comercio de servicios, como una disposici\u00f3n para ratificar el derecho de las partes a regular. Mantiene el derecho de las autoridades de los Estados miembros de la UE a conservar el car\u00e1cter p\u00fablico de los servicios p\u00fablicos y no obligar\u00e1 a los Gobiernos a privatizar o liberalizar ning\u00fan servicio p\u00fablico a nivel nacional ni local. De la misma forma, las autoridades de los Estados miembros conservan el derecho a nacionalizar de nuevo cualquier servicio prestado por entidades privadas. Los europeos seguir\u00e1n decidiendo por s\u00ed mismos c\u00f3mo quieren, por ejemplo, que se les presten los servicios de asistencia sanitaria, educaci\u00f3n y suministro de agua.<\/p>\n<h4>Servicios postales y de mensajer\u00eda:<\/h4>\n<p>El acuerdo incluye disposiciones sobre obligaciones de servicio universal, procedimientos fronterizos, licencias e independencia de las autoridades reguladoras. El acuerdo tambi\u00e9n garantizar\u00e1 unas condiciones de igualdad entre los prestadores de servicios postales y de mensajer\u00eda de la UE y sus competidores japoneses, como Japan Post.<\/p>\n<h4>Telecomunicaciones:<\/h4>\n<p>El acuerdo incluye disposiciones centradas en el establecimiento de unas condiciones de igualdad para los prestadores de servicios de telecomunicaciones, as\u00ed como en cuestiones como las obligaciones de servicios universal, la portabilidad de los n\u00fameros, la itinerancia de la telefon\u00eda m\u00f3vil y la confidencialidad de las comunicaciones.<\/p>\n<h4>Servicios internacionales de transporte mar\u00edtimo:<\/h4>\n<p>El acuerdo contiene obligaciones para mantener un acceso abierto y no discriminatorio a los servicios internacionales mar\u00edtimos (transporte y servicios relacionados) y acceso a los puertos y servicios portuarios.<\/p>\n<h4>Servicios financieros:<\/h4>\n<p>El acuerdo contiene definiciones, excepciones y disciplinas espec\u00edficas sobre nuevos servicios financieros, organizaciones autorreguladoras, sistemas de pago y compensaci\u00f3n y normas sobre servicios de seguros prestados por entidades postales. Muchas de ellas se basan en normas desarrolladas en el marco de la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, aunque abordan especificidades del sector de los servicios financieros.<\/p>\n<h4>Traslado temporal de personal de empresa:<\/h4>\n<p>El acuerdo incluye las disposiciones m\u00e1s avanzadas sobre el traslado de personal con fines empresariales (tambi\u00e9n conocido como \u00abmodo 4\u00bb) que la UE ya ha negociado. Cubren todas las categor\u00edas tradicionales, como los traslados dentro de la misma empresa, las personas en visita de negocios con fines de inversi\u00f3n, los prestadores de servicios contractuales y los profesionales independientes, as\u00ed como las categor\u00edas m\u00e1s recientes, como las personas en visita de negocios de corta duraci\u00f3n y los inversores. La UE y Jap\u00f3n tambi\u00e9n han acordado permitir que los c\u00f3nyuges y los hijos acompa\u00f1en a los prestadores de servicios o a quienes trabajen para un prestador de servicios (amparados por las disposiciones del \u00abmodo 4\u00bb). Esto, a su vez, respaldar\u00e1 la inversi\u00f3n en ambas direcciones.<\/p>\n<h4>Empresas estatales:<\/h4>\n<p>Cuando compren y vendan en mercados comerciales, las empresas estatales no podr\u00e1n dar un trato diferente a las empresas de la UE, ni a los servicios o productos, del que dan a sus hom\u00f3logos japoneses. El objetivo es garantizar unas condiciones de igualdad entre las empresas p\u00fablicas y privadas.<\/p>\n<h4>Contrataci\u00f3n p\u00fablica<\/h4>\n<p>Las empresas de la UE podr\u00e1n participar en las mismas condiciones que las empresas japonesas en las licitaciones p\u00fablicas de las cuarenta y ocho llamadas \u00abciudades-n\u00facleo\u00bb japonesas, cuya poblaci\u00f3n es de entre 300 000 y 500 000 habitantes. El acuerdo tambi\u00e9n eliminar\u00e1 los obst\u00e1culos existentes a la contrataci\u00f3n p\u00fablica en el sector del ferrocarril.<\/p>\n<h4>Inversi\u00f3n:<\/h4>\n<p>El acuerdo trata de promover las inversiones entre la UE y Jap\u00f3n, con el fin de crear un clima m\u00e1s propicio para los negocios. Al mismo tiempo, el texto ratifica de manera expl\u00edcita el derecho de cada parte a regular para perseguir objetivos estrat\u00e9gicos leg\u00edtimos, que se destacan en una lista no exhaustiva.<\/p>\n<p>Por lo que respecta de manera espec\u00edfica a la protecci\u00f3n de las inversiones, durante estas negociaciones la UE ha presentado a Jap\u00f3n su propuesta reformada sobre el Sistema de Tribunales de Inversiones. Para la UE est\u00e1 claro que no se puede volver al obsoleto sistema de resoluci\u00f3n de litigios entre inversores y estados (ISDS).<\/p>\n<h4>Protecci\u00f3n de datos:<\/h4>\n<p>Desde enero de 2017, la Uni\u00f3n Europea y Jap\u00f3n est\u00e1n dialogando para facilitar la transferencia de datos personales para intercambios comerciales, garantizando el nivel m\u00e1s elevado de protecci\u00f3n de los datos. El objetivo es establecer un puente entre las legislaciones de protecci\u00f3n de datos a trav\u00e9s de una \u00abdecisi\u00f3n de adecuaci\u00f3n mutua\u00bb que garantice unos niveles elevados de protecci\u00f3n de datos tanto en la UE como en Jap\u00f3n. Con el Reglamento general de protecci\u00f3n de datos de la UE, que entr\u00f3 en vigor el a\u00f1o pasado, y con la nueva ley de privacidad japonesa, que entr\u00f3 en vigor en mayo, la UE y Jap\u00f3n han modernizado y reforzado sus reg\u00edmenes respectivos de protecci\u00f3n de datos. As\u00ed pues, disponemos de sistemas muy similares que garantizan un nivel muy elevado de protecci\u00f3n de los datos personales.<\/p>\n<p>Las decisiones de adecuaci\u00f3n pueden complementar los acuerdos comerciales y amplificar sus beneficios. La Comisi\u00f3n adopta sus decisiones de adecuaci\u00f3n determinando que un tercer pa\u00eds proporciona un nivel de protecci\u00f3n de los datos personales comparable al de la Uni\u00f3n Europea por medio de su legislaci\u00f3n nacional o de sus compromisos internacionales. Est\u00e1 previsto concluir este di\u00e1logo a principios de 2018.<\/p>\n<h4>Derechos de propiedad intelectual e industrial:<\/h4>\n<p>El acuerdo parte de los compromisos que ambas partes han adquirido en la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio (OMC), y los refuerza, en consonancia con las propias normas de la UE. El acuerdo establece disposiciones sobre secretos comerciales, marcas registradas, protecci\u00f3n de derechos de autor, patentes, normas m\u00ednimas comunes para la protecci\u00f3n de datos de los ensayos reglamentarios de productos farmac\u00e9uticos, as\u00ed como disposiciones de observancia civil.<\/p>\n<h4>Desarrollo sostenible:<\/h4>\n<p>El acuerdo incluye todos los elementos clave del enfoque de la UE sobre desarrollo sostenible y est\u00e1 en consonancia con otros acuerdos comerciales recientes de la UE. La UE y Jap\u00f3n se comprometen a implementar las normas laborales esenciales de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT) y los acuerdos internacionales sobre medio ambiente, incluida la Convenci\u00f3n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim\u00e1tico y el Acuerdo de Par\u00eds sobre el cambio clim\u00e1tico. La UE y Jap\u00f3n se comprometen a no disminuir las exigencias de la legislaci\u00f3n nacional en materia laboral y medioambiental para atraer el comercio y las inversiones.<\/p>\n<p>Las partes tambi\u00e9n se comprometen con la conservaci\u00f3n y la gesti\u00f3n sostenible de los recursos naturales, y a abordar los problemas relativos a la biodiversidad, la silvicultura y la pesca. La UE y Jap\u00f3n acuerdan promover la responsabilidad social de las empresas y otras pr\u00e1cticas comerciales y de inversi\u00f3n que contribuyan al desarrollo sostenible. El acuerdo establece mecanismos para difundir entre la sociedad civil el conocimiento de los compromisos adquiridos en el \u00e1mbito del comercio y el desarrollo sostenible. El acuerdo tambi\u00e9n tendr\u00e1 un mecanismo espec\u00edfico y vinculante para la resoluci\u00f3n de litigios en este \u00e1mbito, que incluye consultas gubernamentales y el recurso a grupos de expertos independientes.<\/p>\n<h4>Gobernanza corporativa:<\/h4>\n<p>Por primera vez en un acuerdo comercial de la UE habr\u00e1 un cap\u00edtulo espec\u00edfico sobre gobernanza corporativa. Se basa en los principios del G-20 y la OCDE sobre gobernanza corporativa y refleja las mejores pr\u00e1cticas y normas de la UE y Jap\u00f3n en este \u00e1mbito. La UE y Jap\u00f3n se comprometen a adherirse a principios y objetivos clave, como la transparencia y la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n sobre las sociedades cotizadas; la responsabilidad de la gesti\u00f3n frente a los accionistas; la toma de decisiones responsable basada en una postura objetiva e independiente; el ejercicio efectivo y justo de los derechos de los accionistas; y la transparencia y equidad en las operaciones de absorci\u00f3n.<\/p>\n<h4>Competencia:<\/h4>\n<p>El acuerdo contiene importantes principios que garantizan que ambas partes se comprometan a mantener normas generales en materia de competencia y a implementarlas de manera transparente y no discriminatoria.<br \/>\nMecanismo de resoluci\u00f3n de litigios entre estados: el acuerdo garantiza que se cumplan plenamente los derechos y obligaciones que en \u00e9l figuran. Proporciona un mecanismo eficaz, eficiente y transparente, con una lista preestablecida de expertos cualificados y con experiencia, para evitar los litigios entre la UE y Jap\u00f3n y solventarlos.<\/p>\n<h4>Lucha contra el fraude:<\/h4>\n<p>Sobre la base de una propuesta de la UE, la UE y Jap\u00f3n incluir\u00e1n una cl\u00e1usula de lucha contra el fraude en el Acuerdo de Asociaci\u00f3n Econ\u00f3mica. Esta cl\u00e1usula es una condici\u00f3n para que la UE conceda preferencias en materia arancelaria a cualquier tercer pa\u00eds. Permite a la UE retirar preferencias arancelarias en casos de fraude y negativa a cooperar, al tiempo que garantiza que los operadores leg\u00edtimos no se vean perjudicados. El objetivo es evitar el abuso del trato arancelario preferente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Uni\u00f3n Europea (UE) y Jap\u00f3n han alcanzado un acuerdo pol\u00edtico de principio sobre un acuerdo de asociaci\u00f3n econ\u00f3mica. 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